martes, 11 de septiembre de 2007

Informe de Juristas de la Universidad Católica sobre fallo del Juez Alvarez


Me parece importante, ante el inminente anuncio del fallo de la sala Penal de la Corte Suprema de Chile, que conozcan todos y todas este importante aporte de los mejores juristas de la Universidad Católica sobre el fallo del Juez Orlando Alvarez, en el proceso de extradición del prófugo Alberto Fujimori.

Fue presentado la semana pasada por Salomón Lerner Febres, Presidente del IDEHPUCP, junto a los ex procuradores y a especialistas en derecho penal, internacional y derechos humanos, peruanos y del exterior.

Una cuestionable sentencia

En vísperas de que la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de Chile resuelva la apelación interpuesta por el Estado peruano, algunos especialistas en derecho internacional, penal y procesal penal, así como ex procuradores públicos, a través de un análisis exhaustivo, revelan que la sentencia del Ministro Álvarez comete diversos errores desde el punto de vista del derecho interno peruano y chileno, así como desde la perspectiva del derecho internacional, algunos de ellos particularmente graves si se considera la naturaleza de la institución de la extradición.

Así lo da a conocer el Informe de análisis jurídico elaborado por el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP) en colaboración con el Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), con sede en New York, que busca motivar una mejor evaluación y conocimiento sobre los errores, omisiones e inconsistencias de la sentencia emitida por el Ministro de la Corte Suprema de Chile, Orlando Álvarez sobre la extradición del ex presidente Alberto Fujimori.

Como se recuerda, el 11 de julio de 2007 el Ministro Instructor de la Corte Suprema de Chile Orlando Álvarez emitió sentencia de primera instancia respecto de la solicitud de extradición presentada por el Estado peruano con fecha 3 de enero de 2006, compuesta por 12 cuadernos. De acuerdo con la citada sentencia, el referido Ministro rechazó todos los cuadernos que integran el pedido de extradición, contrariando la opinión de la Fiscal Judicial de la Corte Suprema, Mónica Maldonado, quien había considerado procedente la extradición en casi todos los extremos solicitados por el Estado peruano, con excepción del delito de asociación ilícita para delinquir y el delito de allanamiento ilegal por prescripción.

El documento ha sido preparado por diversos especialistas de la Pontificia Universidad Católica del Perú y ex Procuradores Ad Hoc Anticorrupción para los casos Fujimori y Montesinos, como: Walter Albán Peralta, ex Defensor del Pueblo, Javier Ciurlizza Contreras, Director del ICTJ-Colombia, Francisco Eguiguren Praeli, Coordinador de la Maestría en Derechos Constitucional de la Pontificia Universidad Católica de Perú., Antonio Maldonado Paredes, ex Procurador Ad Hoc Anticorrupción para los Casos Fujimori-Montesinos, Ivan Meini Méndez, ex Procurador Adjunto Ad Hoc Anticorrupción para los Casos Fujimori-Montesinos, Yván Montoya Vivanco, ex Jefe de la Unidad de Extradiciones de la Procuraduría Ad Hoc Anticorrupción para los casos Fujimori – Montesinos, Victor Manuel Quinteros Marquina, investigador del IDEHPUCP, Elizabeth Salmón Garate, Directora del Área Académica del IDEHPUCP y Luis Vargas Valdivia, ex Procurador Ad Hoc Anticorrupción para los casos Fujimori – Montesinos.

El documento que será distribuido entre la opinión pública peruana y chilena, incluidos los magistrados de la Corte Suprema de Chile, pone de relieve, entre otros temas controversiales, aspectos vinculados al estándar probatorio aplicable a los casos de extradición a cargo de la justicia chilena, así como un análisis sobre la solidez y rigor probatorio de dos cuadernos de extradición que resultan emblemáticos, uno referido a actos de corrupción: “15 millones” y otro, “Barrios Altos – La Cantuta”, donde se atribuye al extraditable responsabilidad penal por graves crímenes contra los derecho humanos.

La extradición del ex Presidente Fujimori no sólo tiene ribetes técnicos y jurídicos, que son la base sobre la cual se formula el presente análisis. La decisión a la que finalmente arribe la Corte Suprema de Justicia de Chile, y que es de obligatorio acatamiento para el Gobierno de dicho país, enviará un mensaje sustancial respecto a la lucha contra la impunidad en el mundo entero.

Documento completo en: www.pucp.edu.pe/idehpucp



1 comentario:

Reaño dijo...

Hoy se ha informado que la sentencia será dada el 20.
11 de septiembre de 1973.
34 años ha.
Veremos si el aura de la justicia asoma y ojalá que nuestro dictador no se burle de los tribunales, como el execrable dictador chileno.